La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto N° 4.275 del 30 de agosto de 2020, mediante la cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional.
Agrega la sentencia N° 0132-2020 con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, que se declara nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato pretenda desaprobar el referido Decreto.
Se reitera en la decisión que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del TSJ.
Con información de Nota de Prensa